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RESOLUCION 2619 DE 2016

(mayo 18)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se concede permiso remunerado

LA VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA DE MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 2.2.5.10.16 del Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de Colombia, en desarrollo de las relaciones diplomáticas y consulares con el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, tiene acreditados setenta y cuatro (74) servidores públicos, quienes se encuentran adscritos a la Embajada y Consulados de Colombia en el citado país.

Que teniendo en cuenta, la situación económica, política, sumado al déficit y desabastecimiento de víveres, provisiones primarias de consumo para el mínimo vital en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, el cual a su vez, ha sido transmitido por los servidores colombianos en dicho país, se hace necesario en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.5.10.16 del Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015, conceder permiso remunerado a los servidores adscritos a las Misiones de Colombia en la República Bolivariana de Venezuela, para que se desplacen a la ciudad de la República de Colombia más cercana y efectúen las compras de los bienes de consumo que requieran para su sostenimiento y el de sus familias de acuerdo con las instrucciones que imparta el Embajador de Colombia en el precitado país, y/o el Jefe de Misión Consular.

Que en relación con el procedimiento que se deberá seguir para su otorgamiento, el funcionario deberá diligenciar el formato GH-FO-58 y contar con el visto bueno del Jefe inmediato y garantizando que no se afecte el servicio público.

Que por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. CONCEDER permiso remunerado a los servidores públicos adscritos a la Embajada y a los Consulados de Colombia ante la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a

PATTI LONDOÑO JARAMILLO

Viceministra de Relaciones Exteriores

Encargada de las Funciones del Despacho de la

Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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