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RESOLUCION 2581 DE 1996

(agosto 27)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001>

Por el cual se reorganiza el Comité para la Coordinación del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren los Decretos 1050 de 1968, 020 de 1992, 2126 de 1992 y la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 401 del 10 de febrero de 1983, se adoptó el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

Que el Decreto 861 de 1988, adicionó el Decreto 401 de 1983, en el sentido de que para eventos especiales, y en circustancias que así lo amerita, el Ministro de Relaciones Exteriores podrá formular políticas y aprobar proyectos y programas para el desarrollo de los objetivos del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

Que la Resolución No. 113 de enero 19 de 1989 estableció el Comité Coordinador de la Promoción de la Imagen de Colombia en el exterior, el cual tiene como función analizar las políticas e iniciativas, teniendo en cuenta el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior, y poner en práctica las medidas pertinentes.

Que la Resolución No. 727 del 31 de marzo de 1993, conformó un grupo de trabajo encargado, entre otros, de orientar, coordinar y presentar al Ministro de Relaciones Exteriores Políticas, proyectos, y programas para el desarrollo de los objetivos del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

Que el Decreto 2126 de diciembre 29 de 1992 reestructuró el Minsiterio de Relaciones Exteriores y determinó las funciones de sus dependencias.

Que el Decreto 2126 de 1992, cambio las denominaciones de la "Subdirección de Asuntos" Culturales y Divulgación" por la de Dirección General de Asuntos Culturales.

Que de conformidad con el numeral 8 del artículo 17 del Decreto 2126, es función de la Dirección General de Asuntos Culturales, ejecutar el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

Que se hace necesario unificar la reglamentación del Comité Coordinador de la Promoción de la Imagen de Colombia en el exterior y del grupo de trabajo creado por la Resolución 727 de 1993.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> El Comité para la Coordinación del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, quedará integrado por los siguientes miembros.

a) El Viceministro de Relaciones Exteriores o su delegado. quien lo presidirá.

b) El Secretario General.

c) El Subdirector de Asuntos Administrativos.

d) El Director General de Asuntos Culturales.

e) El Subsecretario de Comunidades Colombianas en el Exterior y Asuntos Consulares.

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ARTÍCULO SEGUNDO. <Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> Los miembros del comité tendrán voz y voto y sus decisiones se adoptarán por la mayoría absoluta de sus miembros.

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ARTÍCULO TERCERO. <Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> El Comité podrá invitar a sus reuniones a quienes estime conveniente, con el fin de obtener el concepto de expertos en los asuntos que se vayan a discutir.

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ARTÍCULO CUARTO. <Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> Son funciones del comité:

a) Aprobar la realización de las actividades culturales que se programen dentro del marco del Plan de Promoción de la Imagen de Colombia en el Exterior.

b) Orientar, coodinar y presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, proyectos y programas para el desarrollo de los objetivos del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

c) Estudiar y recomendar al Ministro de Relaciones Exteriores, los proyectos de actividades presentadas a su consideración por el Director General de Asuntos Culturales, las Misiones de Colombia en el exterior, Entidades Públicas o Privadas, Personas Jurídicas o Naturales, relacionadas con el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior.

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ARTÍCULO QUINTO.<Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> La presidencia del comité al cual se refiere el artículo primero de la presente resolución será ejercida por el Viceministro de Relaciones Exteriores, o su delegado. La secretaría del comité será ejercida por el Director General de Asuntos Culturales, quien hará las convocatorias y llevará las actas de las reuniones.

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ARTÍCULO SEXTO.<Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> Las actas del comité serán suscritas por los miembros que hayan asistido al mismo.

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ARTÍCULO SEPTIMO. <Artículo derogado por el artículo 7 de la Resolución 5754 de 2001> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente las Resoluciones Nos. 113 de 1989 y 727 de 1997.

Notas de Vigencia

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

MARÍA EMMA MEJIA VELEZ

MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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