Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 10074 DE 2017

(Diciembre 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIÓNES EXTERIORES

Por medio de la cual se adopta la política de prevención del daño antijurídico para el Ministeño de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio para el año 2017

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 59 y 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016 y demás normas concordantes

CONSIDERANDO

Que el artículo 90 de la Constitución Política establece que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.

Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra que la función administrativa está al Servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 75 de la Ley 446 de 1998, establece que las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, entre otros, deberán integrar un comité de conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen.

Que el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del Decreto 1069 de 2015, define el Comité de Conciliación como una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.

Que de conformidad con el artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, es función del Comité de Conciliación formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico.

Que mediante el Decreto 4085 de 2011 se consagra como función de Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado "formular, aplicar, evaluar y difundir las políticas públicas en materia de prevención de las conductas públicas antijurídicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos".

Que mediante la Resolución 2177 del 2010 se reitera la existencia del Comité de conciliación del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio y se establece én el numeral 6o del artículo 6 dentro de las funciones del mismo "Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico”.

Que en uso de las facultades legales, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado sugirió el Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico en las entidades del orden Nacional y emitió las Circulares Externas No. 03 del 20 de junio de 2014 y 06 del 6 de julio de 2016 con la finalidad que las entidades formularan las políticas de prevención del daño antijurídico de acuerdo con la metodología descrita en las mismas.

Que a efecto de formular las políticas de prevención del daño antijurídico, el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, adoptó la metodología diseñada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, reseñada en cuatro pasos, tendientes a establecer el diagnóstico de la problemática y diseñar un plan de acción de las causas prevenibles dentro del mapa litigioso de la entidad en el año 2015.

Que el Comité de Conciliación del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante acta No. 355 del 20 de noviembre de 2017 aprobó las actividades que serían parte de la política de prevención de daño antijurídico sobre las causas de litigio priorizadas y prevenibles, que se adoptan de manera permanente a través del presente acto administrativo.

Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado a través de la comunicación No. 20173000081741 - DPE del 30 de noviembre de 2017 evaluó y aprobó el documento denominado “Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio - Vigencia 2017” por encontrarse ajustado con los lineamientos y metodología elaborados por esa entidad.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio - Vigencia 2017, conforme a la aprobación impartida por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y el Comité de Conciliación del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, contenidas en el anexo 1, el cual hace parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a

MARIA ANGELA UÓLGUIN CUELLAR
Ministra de Relaciones Exteriores

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.