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RESOLUCION 529 DE 2012

(febrero 3)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013>

Por la cual se adopta el Plan de Bienestar Social para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el Decreto- Ley 1567 de 1998, la Ley 909 de 2004, el Decreto 3355 de 2009 y el Decreto 1227 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores le corresponde diseñar, ejecutar y evaluar los programas de bienestar social y calidad de vida de los funcionarios del Ministerio y sus familias, así como diseñar y evaluar el sistema de reconocimientos e incentivos de conformidad con lo establecido en los numerales 6o y 8o del artículo 16 del Decreto 3355 de 2009.

Que para el cumplimiento y ejecución de lo anteriormente enunciado, se apoya en el Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación al cual le corresponde, entre otras, el diseño, la implementación y la evaluación de los programas desarrollo para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de bienestar e incentivos asignados, de acuerdo con lo regulado en la Resolución 2091 del 11 de mayo de 2011.

Que los programas de bienestar social deben estar orientados a crear, mantener y optimizar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del funcionario, el mejoramiento de su calidad de vida y el de su familia.

Que conforme a lo previsto en los artículos 13 y 14 del Decreto Ley 1567 de 1998, los programas de bienestar social hacen parte del sistema de estímulos para los empleados del Estado.

Que de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 36 de la Ley 909 de 2004, los programas de bienestar social tienen el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los funcionarios en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.

Que el artículo 33 de la Ley 734 de 2002, consagra como derechos de todo servidor público: "Participar en todos los programas de bienestar social que para los servidores públicos y sus familiares establezca el Estado, tales como los de vivienda, educación, recreación, cultura, deporte y vacacionales".

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, consciente de la importancia del desarrollo integral de los funcionarios y sus familias, ejerce acciones para el mejoramiento de la calidad de vida, ofreciendo espacios de salud, recreación, cultura, formación, reconocimiento a su desempeño e integración.

Que de conformidad con lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. ADOPCIÓN. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> Adoptase el Plan de Bienestar Social para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, de que trata la presente resolución.

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ARTÍCULO SEGUNDO. OBJETIVO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> El Objeto del Plan de Bienestar Social es el de mejorar la calidad de vida de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y de sus familias, a través del diseño, organización y ejecución de programas orientados a la atención de sus necesidades personales, profesionales, familiares y sociales, de manera que se propicie una cultura institucional de progreso y de buen servicio y, al mismo tiempo, se influya en la vigencia de un clima organizacional positivo y favorable para el logro de los objetivos y responsabilidades de la entidad.

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ARTÍCULO TERCERO. FINES. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> El diseño y organización de los programas de bienestar social deben propender por el logro de los siguientes objetivos generales:

1) Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la identidad, la participación y la seguridad laboral de los Funcionarios; así como la eficacia, la eficiencia y la efectividad en su desempeño.

2) Fomentar la aplicación de estrategias y procesos en el ámbito laboral que contribuyan al desarrollo del potencial personal y al fortalecimiento de las competencias laborales de los Funcionarios.

3) Desarrollar los valores organizacionales que fomenten una cultura de servicio y compromiso organizacional, basados en la excelencia y la ética, promoviendo en los funcionarios el sentido de pertenencia con la institución.

4) Contribuir al desarrollo de la calidad de vida de los funcionarios a través del mejoramiento de su nivel educativo, recreativo y habitacional, por medio de programas de prevención y promoción.

5) Fortalecer la capacidad individual y colectiva de los funcionarios de aportar conocimientos y habilidades a la institución, con el fin de optimizar el desempeño laboral por medio de incentivos y actividades físicas.

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ARTÍCULO CUARTO. PROGRAMAS DEL PLAN DE BIENESTAR SOCIAL. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> El Plan de Bienestar Social del Ministerio de Relaciones Exteriores se desarrollará a través de los siguientes programas:

Programa Integral de Salud y Deporte

Las actividades desarrolladas por este programa buscan generar hábitos de vida saludable y promover la integración. Dentro de este programa se desarrollaran las siguientes actividades:

PLANACCIONES
Medicina Preventiva.Pausas Activas.
Seguimiento Cardiovascular.
Seguimiento Ergonómico.
Seguimiento Psicolaboral.
Capacitación en Sistema Integral de Salud Ocupacional.
Plan de Hábitos Saludables.Estilos de Vida Saludable
Olimpiadas Deportivas.
Escuelas Deportivas.
Selecciones.
Seguridad Industrial - Plan de Emergencias.Actualización y Socialización del Plan de Emergencias y el Plan de Gestión Ambiental.
Conformación, Capacitación y Especialización de Brigadas de Emergencias y Simulacro de Evacuación.
Plan Institucional de Manejo Ambiental - PIGAActualización Panorama de Riesgo en Sedes de Colombia y Realización del Panorama de las Misiones en el Exterior.

Programa de Calidad de Vida Laboral y Personal

Este programa tiende a acoger al funcionario como parte de la familia y la sociedad, desarrollando actividades culturales y de integración familiar que le permitan su desarrollo como sujeto integral.

PLANACCIONES
Calidad de Vida LaboralActividades de Integración.
Conmemoraciones Tradicionales.
Beneficios por Alianzas.
Calidad de Vida PersonalActividades Familiares.
Actividades de Integración,
Actividades de Formación.

Programa de Reconocimientos

Este programa busca reconocer los resultados del funcionario en el cumplimiento de su deber y exaltar eventos significativos para el ser humano:

PLANACCIONES
ReconocimientosActividad denominada "Soy leyenda"
IncentivosActividades dirigidas al Otorgamiento de Incentivos
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ARTÍCULO QUINTO. BENEFICIARIOS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> Serán beneficiarios de los Programas de Bienestar que se desarrollan en la presente Resolución, los servidores públicos que presten sus servicios en la Planta de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Grupo familiar.

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ARTÍCULO SEXTO. COMPROMISOS DE LOS FUNCIONARIOS. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> Son Compromisos de los Funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, en materia de Bienestar Social:

1. Realizar en los tiempos establecidos por el Grupo de Bienestar, Desarrollo y Capacitación, la inscripción a la <sic> actividades en la cuales desea participar, o en la que se señale por parte del Grupo como necesaria.

2. Cumplir con el Cronograma asignado para el desarrollo de las actividades.

3. Una vez inscrito el Funcionario o Grupo Familiar en cualquiera de las actividades programadas, su inasistencia o incumplimiento con la intensidad horaria sin causa justificada, traerá como consecuencia, el descuento del valor de la misma a través de la nómina.

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ARTÍCULO SÉPTIMO. ACTUALIZACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> Las actividades contenidas en la presente resolución serán actualizadas cada año de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a. Durante los primeros quince días del mes de octubre de cada año, el Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación de la Dirección de Talento Humano, solicitará a los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores, diligenciar una encuesta de necesidades de Bienestar;

b. Dentro de los 15 días siguientes a la solicitud anterior, los funcionarios remitirán al Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación la encuesta diligenciada;

c. Dentro de los 30 días siguientes el Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación de la Dirección de Talento Humano, tabulará, analizará, armonizará la encuesta y elaborará las actividades, en función del logro de los objetivos institucionales, para su presentación a la Secretaria General;

d. El Plan de actividades deberá identificar los costos, contenidos, metodología, objetivos, duración y criterios de evaluación, en estricta alineación con los objetivos institucionales.

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ARTÍCULO OCTAVO. EVALUACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> El Grupo Interno de Trabajo de Bienestar, Desarrollo de Personal y Capacitación elaborará un informe final de evaluación, el cual tiene como fin establecer el impacto y la cobertura de las actividades que desarrollan el Plan de Bienestar Social, de acuerdo con la programación establecida.

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ARTÍCULO NOVENO. <Resolución derogada por el artículo 17 de la Resolución 655 de 2013> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase

Dada en Bogotá, D.C. a los 3 FEB. 2012

MARÍA ANGELA HOLGUÍN CUELLAR

Ministra de Relaciones Exteriores

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