Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

DIRECTIVA 10 DE 2019

(Agosto 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

DE:PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
PARA:TODAS LAS PERSONAS JURÍDICAS DE NATURALEZA PÚBLICA
ASUNTO:INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS DE LAS PERSONAS JURÍDICAS DE NATURALEZA PÚBLICA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 1581 DE 2012.

El 17 de octubre de 2012 fue expedida la Ley Estatutaria 1581. la cual tiene por objeto “desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y ios demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el articulo 15 de la Constitución Política; asi como el derecho a la información consagrado en el articulo 20 de la misma" En cuanto al alcance de esta regulación, el articulo 2o de esa ley explica claramente que las disposiciones allí contenidas se aplicarán "a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada "

La autoridad encargada de reglamentar, supervisar y exigir el cumplimiento de esta disposición es la Superintendencia de Industria y Comercio, de conformidad con lo establecido en el articulo 22 de la Ley 1581. Asimismo, en lo que hace a la aplicación respecto de entidades de naturaleza pública, el parágrafo del articulo 23 de esa ley dispone que en el evento en el que la Superintendencia de Industria y Comercio advierta algún posible incumplimiento por parte de una entidad pública debe informar a la Procuraduría General de la Nación, para que esta adelante la actuación correspondiente dentro del ámbito de sus competencias constitucionales.

El plazo previsto para adoptar las medidas exigidas para la protección de datos personales era de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigor de esa ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1581 No obstante, el Decreto Industria y Comercio realizará tres (3) eventos para capacitar a los servidores públicos sobre los requisitos y el procedimiento de inscripción de bases de datos en el Registro Nacional de Base de Datos. Estas capacitaciones se llevarán a cabo en las instalaciones del auditorio Antonio Nariño de la Procuraduría General de la Nación ubicado en la Carrera 5 No 15-80 en la ciudad de Bogotá D C, en las siguientes fechas.

- 10 de septiembre de 2019 en horario de 9:00 A M a 11:00 A.M

- 30 de septiembre de 2019 en horario de 9:00 A.M a 11:00 A.M

- 17 de octubre de 2019 en horario de 9:00 A M a 11:00 A.M

Para efectos de la inscripción a las jornadas de capacitación, los servidores públicos interesados deberán solicitarlo al siguiente correo electrónico- [email protected].

La presente Directiva es expedida en el marco del ejercicio de la función preventiva de la Procuraduría General de la Nación, y deberá ser publicada en las páginas web e intranet institucionales, en garantía del principio de publicidad, el derecho al acceso a la información pública y de los principios de transparencia y publicidad

FERNANDO CARRILLO FLÒREZ

Procurado General de la Naciòn

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.