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DECRETO 2054 DE 2019

(noviembre 13)

Diario Oficial No. 51.136 de 13 de noviembre 2019

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 68 de la Ley 17 de 1971 y el 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, el Gobierno de Colombia puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el literal d) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que, como candidato a ocupar el Cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Erevan, República de Armenia, la Embajada de Colombia en Rusia ha propuesto, por medio de los memorandos I-ERUMC-17-382/122 y I-ERUMC-18-69/26 del 1 de noviembre de 2017 y 2 de marzo de 2018, al señor Vigen Badalyan, ciudadano con nacionalidad de la República de Armenia, quien actualmente se desempeña como Cofundador de SOFT CONSTRUCT GROUP y quien ha presentado la documentación necesaria para acreditar que cumple con los requisitos establecidos por el Decreto 1067 de 2015.

Que mediante el memorando I-GECOE-18-006724 del 3 de abril de 2018, la Dirección de Europa acogió positivamente la Apertura del Consulado Honorario en Erevan, República de Armenia y nombramiento del señor Vigen Badalyan como Cónsul Honorario, así mismo, con nota 5102/04363 del 30 de abril de 2019, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Armenia confirma el beneplácito al nombramiento.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Créase el Consulado Honorario de Colombia en Erevan, República de Armenia.

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ARTÍCULO 2o. Desígnese al señor Vigen Badalyan como Cónsul Honorario en Erevan, República de Armenia.

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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de noviembre de 2019.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos Holmes Trujillo García.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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