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DECRETO 1456 DE 1997

(mayo 30)

Diario Oficial No. 43.055, de 5 de junio de 1997

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

Por el cual se modifica el Decreto 1974 del 31 de octubre de 1996.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 1o del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 6o del Decreto 1974 del 31 de octubre de 1996, el cual quedará así:

"Artículo 6o. El Comité Interinstitucional para la Lucha Contra el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños se reunirá en forma ordinaria por lo menos una vez cada cuatro meses por convocatoria de la Secretaría Técnica. También se podrá reunir extraordinariamente cuando el Presidente del Comité lo considere pertinente".

Concordancias
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ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de mayo de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO

La Ministra de Justicia y del Derecho,

ALMABEATRIZ RENGIFO LÓPEZ

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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