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DECRETOS 1365 DE 2020

(octubre 16)

Diario Oficial No. 51.469 de 16 de octubre de 2020

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el literal d) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Funchal, República Portuguesa, la Embajada de Colombia ante la República Portuguesa ha propuesto, por medio de los memorandos EPTLB No. 025/008 del 22 de enero de 2020 y EPTLB No. 087/015 del 28 de febrero de 2020 a la señora ISABEL MARÍA ANDRADE SILVA, ciudadana portuguesa.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3., corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República Portuguesa, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Funchal, República Portuguesa, así como el nombramiento de la señora ISABEL MARÍA ANDRADE SILVA, como Cónsul Honoraria.

Que mediante el memorando l-GEOAU-20-006994 del 7 de mayo de 2020, la Dirección de Europa igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal No. 108087/2020 del 1 de octubre de 2020, el Ministerio de Negocios Extranjeros de la República Portuguesa confirmó el Beneplácito al nombramiento.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. CREAR. el Consulado Honorario de Colombia en Funchal, República Portuguesa.

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ARTÍCULO 2o. DESIGNAR. a la señora ISABEL MARÍA ANDRADE SILVA, como Cónsul Honoraria en Funchal, con circunscripción en la Región Autónoma de Madeira, República Portuguesa por un periodo inicial de cuatro (4) años.

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ARTÍCULO 3o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

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ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

IVAN DUQUE MARQUEZ

CLAUDIA BLUM

Ministra de Relaciones Exteriores

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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