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DECRETO 1130 DE 2020

(agosto 14)

Diario Oficial No. 51.406 de 14 de agosto de 2020

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por el cual se acepta una renuncia en el Servicio Exterior y se declara una cesación de funciones.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2o del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.

Que mediante el Decreto 2369 del 6 de noviembre de 2001, se creó el Consulado Honorario de Colombia en Sofía, con Circunscripción en toda la República de Bulgaria y se nombró como Cónsul Honorario de Colombia en Sofía, República de Bulgaria al señor RAFAEL ALVARADO DIMITROV.

Que mediante el memorando S/N del 10 de julio de 2020, el señor RAFAEL ALVARADO DIMITROV presentó renuncia al cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Sofía, República de Bulgaria.

Que mediante el memorando EPLVSV. 178 del 17 de julio de 2020, la Embajada de Colombia ante la República de Polonia concurrente para la República de Bulgaria, informó de la renuncia presentada por el señor RAFAEL ALVARADO DIMITROV al cargo de Cónsul Honorario a partir del 10 de julio de 2020 y solicitó mantener vacante la Oficina Consular Honorario ya que se está evaluando la posibilidad de presentar un nuevo candidato.

Que de acuerdo con lo establecido en el literal a) del Artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, los Cónsules Honorarios cesarán sus funciones por renuncia.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para lo cual solicitará la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 2.2.1.3.2 del Decreto 1067 de 2015 procede la continuación de la respectiva Oficina.

Que la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente decretar la cesación de funciones por renuncia y mantener vacante la Oficina Consular Honoraria por haber candidatos a ocupar dicho cargo.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. ACEPTAR la renuncia presentada por el señor RAFAEL ALVARADO DIMITROV como Cónsul Honorario de Colombia en Sofía, República de Bulgaria.

ARTÍCULO 2o. DECLARAR la cesación de funciones del señor RAFAEL ALVARADO DIMITROV, como Cónsul Honorario de Colombia en Sofía, con circunscripción en toda la República de Bulgaria.

ARTÍCULO 3o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

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ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C. a 14 de agosto de 2020.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Claudia Blum

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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