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DECRETO NÚMERO 1024 DE 2020

(julio 16)

Diario Oficial No. 51.377 de 16 de julio de 2020

<Análisis jurídico en proceso>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

por el cual se declara la cesación de funciones del Cónsul Honorario de Colombia en Budapest, Hungría.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales;

Que mediante el Decreto 0990 del 21 de mayo de 2013, se designó al señor Sándor Balogh como Cónsul Honorario de Colombia en Budapest, Hungría, con circunscripción en todo el territorio de Hungría;

Que mediante comunicación del 5 de marzo de 2020, la Embajada de Colombia ante Hungría informó acerca del incumplimiento manifiesto, por parte del Cónsul Honorario de Colombia en Budapest, Hungría, de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Capítulo Tercero del Decreto 1067 de 2015;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, modificado por el artículo 16 del Decreto 1743 de 2015, los Cónsules Honorarios cesarán en sus funciones por remoción;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.3 del Decreto 1067 de 2015, modificado por el artículo 18 del Decreto 1743 de 2015, los Cónsules Honorarios podrán ser removidos de su cargo por el incumplimiento manifiesto y comprobado de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en el Capítulo Tercero del Decreto número 1067 de 2015 o demás normas que lo modifiquen o adicionen;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.3 ibídem, en caso de verificarse la ocurrencia de alguna de las causales de remoción, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano deberá remitir las actuaciones al despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, quien tomará la decisión que corresponda;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para lo cual solicitará la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 2.2.1.3.2 de este decreto procede la continuación de la respectiva oficina;

Que mediante comunicación telefónica del 2 de julio de 2020, la Misión informó que se encuentra adelantando el proceso de selección de un nuevo candidato, y por lo tanto solicita que se mantenga vacante la oficina consular honoraria;

Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente la cesación de funciones del señor Sándor Balogh como Cónsul Honorario de Colombia en Budapest, Hungría, con circunscripción en el territorio de Hungría, y mantener el Consulado Honorario, por la misma razón expuesta por la Embajada de Colombia ante Hungría;

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Declarar la cesación de funciones del señor Sándor Balogh como Cónsul Honorario de Colombia en Budapest, Hungría, con circunscripción en el territorio de Hungría.

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ARTÍCULO 2o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

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ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C. a 16 de julio de 2020.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Claudia Blum

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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