Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

DECRETO 505 DE 2023

(abril 10)

Diario Oficial No. 52.361 de 10 de abril de 2023

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se hace una modificación a la circunscripción de un Consulado Honorario.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales;

Que mediante el Decreto número 0658 del 8 de abril de 1996 se creó el Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Islamabad y se nombró al señor Syed Shibli Faraz como Cónsul Honorario con circunscripción en todo el territorio de la República Islámica de Pakistán;

Que mediante el Memorando ETRAKR.146/21 del 22 de junio de 2021 la Embajada de Colombia ante la República de Turquía concurrente para la República Islámica de Pakistán solicitó modificar la circunscripción nacional del Consulado Honorario en Islamabad debido a que se cuenta con el beneplácito del Estado Receptor para abrir un nuevo Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Karachi, República Islámica de Pakistán;

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto número 1067 de 2015 corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación de la circunscripción dada a los Consulados Honorarios;

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de Turquía concurrente para la República Islámica de Pakistán, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano la ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la modificación de la circunscripción del Consulado Honorario en la ciudad de Islamabad, República Islámica de Pakistán;

Que mediante la Nota Verbal número Pol-10/1/2022 del 13 de junio de 2022 la Embajada de la República Islámica de Pakistán ante la República de Turquía confirmó su beneplácito al cambio de circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en Islamabad, República Islámica de Pakistán;

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. MODIFICAR. Modifícase la circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Islamabad, el cual quedará con circunscripción en la ciudad de Islamabad y el territorio de la Capital Federal, así como en las provincias de Khyber Pakhtunkhwa, Punjab y Gilgit-Baltistán de la República Islámica de Pakistán.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. COMUNICAR. Comuníquese a través de la Embajada al señor Syed Shibli Faraz y al Estado receptor el presente decreto.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2023.

GUSTAVO PETRO URREGO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Álvaro Leyva Durán.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.