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CONCEPTO 10 DE 2014

(agosto)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

CONCEPTO JURIDICO RELATIVO A LA VIABILIDAD DE INSERTAR EL LOGO DEL CONSULADO DE HOUSTON EN LAS MEMORIAS FINALES DEL FESTIVAL LITERARIO QUE SE REALIZARA EN LA CASA CULTURAL DE LAS AMERICAS EN HOUSTON TEXAS

Ministerio de Relaciones Exteriores
Oficina Jurídica Interna
Grupo Interno de Asuntos Legales
Bogotá D.C.,

I. INTRODUCCIÓN:

Este documento contiene un análisis jurídico en torno a: 1) La función de promoción de Colombia en el exterior de los Consulados; 2) De las condiciones del uso de la imagen institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, -Logo del Consulado de Colombia en Houston-; 3) Del caso en concreto y sus conclusiones.

El anterior marco metodológico tiene como fuente la consulta elevada por la señora Carolina Cárdenas Uribe, en su calidad de Coordinadora de Comunicación Interna y Externa, a través de la cual solicita determinar la viabilidad de incluir en las memorias finales del festival literario que se realizara en la Casa Cultural De Las Américas en Houston, el logo del Consulado de Colombia en ésa ciudad, toda vez, que Colombia fue invitado como país exponente en el mencionado festival.

II. ANÁLISIS JURÍDICO:

1) La función de promoción de Colombia en el exterior:

El Decreto 3355 de 2009 "Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones", en su artículo 23 numeral 6 y 7 establece lo siguiente:

"ARTÍCULO 23. CONSULADOS. Sin perjuicio de las funciones establecidas en la Convención de Viena de 1963, son funciones permanentes de los consulados, las siguientes:

6. Apoyar dentro de su Jurisdicción, las labores de promoción económica, turística, científica, cultural, entre otras, conforme a los lineamientos de la Misión Diplomática Correspondiente.

7. Ejecutar la Política de Promoción de Colombia en el exterior, en coordinación con la Dirección de Asuntos Culturales."

(...)

De los anteriores extractos se puede evidenciar que una de las funciones establecidas para los Consulados es la de ejecutar la política exterior colombiana en lo referente a promover los intereses y fortalecer las políticas públicas en torno a temas económicos, sociales, ambientales y culturales.

Así mismo, en referencia a temas culturales en particular, la Dirección de Asuntos Culturales en coordinación con las diferentes misiones diplomáticas ha implementado estrategias y acciones con el fin de dar a conocer al mundo, las múltiples facetas de Colombia. Lo anterior, se logra a través de diversas manifestaciones culturales, deportivas, académicas entre otras, mediante herramientas tales como la diplomacia cultural, educativa y deportiva y el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior(1), teniendo de presente la Cultura como herramienta de Política Exterior.

2) De las condiciones del uso de la imagen institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, -Logo del Consulado de Colombia en Houston:

La imagen institucional del Ministerio de Relaciones fue establecida por la Presidencia de la Republica, dentro de la estrategia de la Alta Consejería para las Comunicaciones, razón por la cual, se creó un esquema visual para el Gobierno de Colombia que busca destacar su unidad, equidad, soberanía e integridad en todas sus expresiones.

En relación con las condiciones del uso de la imagen institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores y la utilización de la misma debemos remitirnos a las normas sobre propiedad industrial, específicamente en lo referente a la protección de los signos distintivos.

El régimen de propiedad industrial en nuestro ordenamiento se encuentra plenamente reglado por la Decisión 486 del año 2000 de la Comunidad Andina de Naciones, que ha establecido entre otros, lo concerniente a la protección de los signos distintivos, derechos y acciones que se relacionan con los mismos.

De tal manera, el artículo 134 de dicha Decisión establece lo siguiente:

"Constituirá marca cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado. Podrán registrarse como marcas los signos susceptibles de representación gráfica. La naturaleza del producto o servicio al cual se ha de aplicar una marca en ningún caso será obstáculo para su registro.

Podrán constituir marcas, entre otros, los siguientes signos:

b) Las imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos,monogramas, retratos, etiquetas, emblemas y escudos~" (resaltado fuera del texto).

En concordancia con la disposición anteriormente descrita, se puede establecer que, el logotipo de la Cancillería, de las Representaciones Diplomáticas y de los Consulados se constituye como Marca, por lo que al descender a la función principal de ésta, se tiene que es la de identificar los productos y servicios en el mercado. En consecuencia, son objeto de las medidas de protección al tenor en lo dispuesto en el Capítulo III del Título IV de la mencionada Decisión.

Por ello se puede decir que, el registro de las marcas tiene efectos constitutivos, es decir solamente se tiene derecho a su uso exclusivo y excluyente a partir del acto de la concesión de la marca, "por tal motivo incluye el atributo positivo de su titular para permitir o conceder el uso del mismo a un tercero, publicitar la marca, etiquetarlos productos o promocionarlos servicios con la marca registrada, etc., como el atributo negativo de impedir la utilización no autorizada; este derecho se deriva del registro de la marca según la literalidad del título respectivo"(2).

Lo anterior, con el objeto de delimitar de manera clara y precisa los lineamientos dentro de los cuales se otorga el uso del logo, ya que toda utilización por fuera de este marco se tendrá como uso indebido y permitiría al Consulado ejercer las prerrogativas contempladas en cualquiera de los eventos que contempla el artículo 155 de la Decisión, sin perjuicio de las medidas reivindicatorias a que haya lugar en los términos del artículo 238. Veamos:

"El titular de un derecho protegido en virtud de esta Decisión podrá entablar acción ante la autoridad nacional competente contra cualquier persona que infrinja su derecho. También podrá actuar contra quien ejecute actos que manifiesten la inminencia de una infracción."

En virtud de esta facultad, es posible autorizar el uso del logotipo del Consulado de Houston, en las memorias finales del Festival Literario que se realizara en la Casa de las Américas de Houston, ya que este evento tiene como fin difundir y realzar la cultura latinoamericana en sus diferentes expresiones, desarrollándose de esa manera las funciones de los Consulados en el exterior.

En el caso en concreto, Colombia participará con una muestra cultural representativa del país, portal motivo, estos espacios de diversificación contribuyen a mostrar la riqueza cultural y artística colombiana y promueven una imagen positiva de Colombia en el extranjero, cumpliéndose de esa manera, una de las funciones de los Consulados de Colombia en el exterior.

Por lo anterior, esta Oficina considera que la utilización del logo del Consulado en el material previsto, se ajusta al marco legal vigente, puesto que, se materializa como uno de los derechos que la Decisión le otorga al titular del registro marcario, esto es al Consulado.

No obstante es preciso aclarar que, la intervención del Consulado es en calidad de participante del mismo, y no como organizador, por lo que, el Consulado no asume ninguna responsabilidad por las opiniones del artista que participaría en dicho programa, ya que, como se observa en comunicación enviada a esta oficina, la institución encargada de realizar dicho evento fue directamente la encargada de contactar al artista que va a representar a Colombia en el referido evento.

3) Del caso en concreto y sus conclusiones:

Teniendo en cuenta las consideraciones previas, ésta Oficina encuentra viable la inclusión del logotipo del Consulado en las memorias finales del festival literario objeto de consulta. Toda vez que, a través de ésta actividad se cumplen las funciones delegadas a los Consulados de promoción cultural de Colombia en el extranjero.

Es preciso señalar que, el Consulado ha gestionado los trámites correspondientes al traslado del artista que participará en el evento y en el caso que el Consulado participe en el cierre del mismo, con una muestra de danza colombiana, se entiende que se ejecuta de esta manera, los lineamientos propuestos por el Ministerio en razón a utilizar las expresiones culturales como herramienta de promoción y fortalecimiento de la Política Exterior Colombiana.

Lo anterior, en concordancia con las funciones establecidas en los numerales 6 y 7 del artículo 23 del Decreto 3355 de 2009, que advierte que los Consulados, están en la obligación de ejecutar diferentes actividades con el fin de desarrollar las políticas y estrategias, para así, diversificar las relaciones internacionales, y así posesionar a Colombia en los diferentes escenarios internacionales.

De igual manera como se mencionó anteriormente, el Consulado no asume ninguna responsabilidad, por las opiniones o declaraciones del artista, delimitando así la responsabilidad del Ministerio, más concretamente por el Consulado de Colombia en Houston, así como el alcance de la autorización concedida para el uso del logo.

III. ALCANCE DEL CONCEPTO

Por último, es pertinente señalar que, en virtud de ser la Oficina Jurídica una dependencia asesora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto Ley 3355 de 2009, los conceptos tienen el carácter que les atribuye el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), es decir, no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

NOTAS AL FINAL:

1. En el marco de la política exterior colombiana, la diplomacia cultural se ha establecido como herramienta estratégica para fortalecer las relaciones internacionales y mejorar la percepción de la imagen del país en el exterior. El instrumento central de la diplomacia cultural es el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior, integrado por el conjunto de los Planes de Acción Cultural Anual PACA (cronograma de actividades) de cada una de las Misiones Diplomáticas, disponible en: Ministerio de Relaciones Exteriores.(2011). Manual Plan Promoción Colombia en Exterior, desde http://www. http://sigc.cancilleria.gov.co

2. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, Proceso número 7-IP-98.

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Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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