Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CONCEPTO 10 DE 2010

(Febrero 11)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

BOGOTÁ, D.C.,

CONCEPTO JURÍDICO LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS DE CANADÁ CON EL FIN DE UNIFICAR CRITERIOS CON LAS DEMÁS MISIONES QUE ATIENDEN ASUNTOS CONSULARES EN EL MENCIONADO PAÍS.

Se procede a conceptuar de la siguiente forma teniendo en cuenta que Canadá no hace parte de la Convención de la Haya de 1961 sobre la Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros:

1. “Pueden todos los consulados de Colombia en Canadá legalizar documentos autenticados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Canadá o solo puede hacerlo la sección consular de nuestra embajada en Ottawa?

Es preciso tener en cuenta que la legalización de un documento consiste en la certificación, mediante la firma del Cónsul Colombiano, con el objeto de tener certeza de si el documento objeto de legalización fue expedido por el funcionario competente en el país emisor del mismo, dejando de lado su contenido.

Teniendo claridad en lo anterior, encuentra esta Oficina Asesora Jurídica Interna que según lo establecido en el artículo 3o de la Convención de Viena Sobre Relaciones Consulares, “Las funciones consulares serán ejercidas por las oficinas consulares. También las ejercerán las misiones diplomáticas según las disposiciones de la presente convención”, dejando claro de esta forma, que según la circunscripción del respectivo consulado, éste podrá cumplir con las funciones designadas, entre ellas la de la legalización de documentos, y posibilitando a la Embajada, como misión diplomática, para que también ejerza las funciones de legalización en los casos que sea necesario.

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Canadá al ser una entidad de carácter federal y autoridad para todo el territorio canadiense, tiene la facultad de certificar cualquier documento proveniente de cualquier lugar de su territorio y en tal medida, si ante el funcionario consular colombiano, obrando dentro de la circunscripción de la misión es presentado un documento para legalización, que cuente con el aval de tal Ministerio, no encuentra esta Oficina razón alguna para negarse a legalizarlo, siempre y cuando se cumplan con los requisitos para el tramite solicitado.

2. “Puede la sección consular en Ottawa legalizar documentos procedentes de todas las provincias de Canadá por el solo hecho de que estos hayan sido autenticados por el Ministerio de Relaciones Exteriores?”

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Canadá al ser autoridad en todo el territorio canadiense tiene la facultad y posibilidad de autenticar documentos de cualquier provincia sin distinción alguna, dándole así la legalidad necesaria según la normatividad interna.

Teniendo claridad en lo anterior y en relación con la posibilidad de que la sección consular en Ottawa realice la legalización de los documentos, no se encuentra limitación para dicha facultad, ya que es claro que según el artículo 3o de la Convención de Viena Sobre Relaciones Consulares, la función consular podrá ser ejercida por las misiones diplomáticas, posibilitando de esta manera el ejercicio de dicha función.

3. “Cuál es en la practica la sanción o efecto jurídico que tendría la legalización de un documento proveniente de una provincia por fuera de la circunscripción consular de la Misión que realiza la legalización?”

Aún cuando el documento a legalizar proviene de una provincia diferente a la circunscripción consular, dicho documento es presentado para ser legalizado dentro de la circunscripción otorgada a la misión consular y cuenta con la autenticación del Ministerio de Relaciones Exteriores de Canadá como autoridad federal, lo que le da plena validez y legalidad al contar con su aval, llevándonos a concluir que la legalización efectuada por el funcionario consular se produce dentro del territorio de sus funciones y en tal medida es válido y no produce sanción o efecto jurídico alguno diferente al perseguido por el solicitante.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.