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CIRCULAR 114 DE 2019

(Diciembre 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:XXXXXXXXXXXXXXX
DE:XXXXXXXXXXXXXXX
ASUNTO:Cambio procedimiento tributario para Retención en la Fuente, aplicable durante el año gravable 2020.

Respetados funcionarios:

En cumplimiento de los artículos 385 y 386 del Estatuto Tributario, los cuales establecen los procedimientos que el retenedor deberá aplicar para la retención en la fuente, de manera atenta se informa a todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, que a partir de la vigencia fiscal 2020, se aplicará el procedimiento dos (2) para efectos de calcular la retención en la fuente sobre los ingresos correspondientes.

Por lo anterior, quien desee que de manera particular se le aplique el procedimiento uno (1), sin importar que durante la vigencia 2019, estuviera o no en dicho procedimiento, DEBERA MANIFESTARLO DE MANERA ESCRITA al Grupo Interno De Trabajo de Nómina de la Dirección de Talento Humano, al correo electrónico [email protected] antes del 31 de diciembre del año 2019.

Es importante que todos los funcionarios tengan de presente que el procedimiento seleccionado aplica para todo el año, sin que sea posible su cambio en ningún mes.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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