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CIRCULAR 66 DE 2019

(julio 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:CONSULADOS EN EL EXTERIOR
DELEGACIONES EN EL EXTERIOR
MISIONES EN EL EXTERIOR
EMBAJADAS EN EL EXTERIOR
CANCILLERIA INTERNA
FUNCIONARIOS EN EL EXTERIOR
DE:CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA
ASUNTO:Condiciones adecuadas para el desplazamiento de los funcionarios designados en el servicio exterior y los que retornan a planta interna.

Cordial saludo,

De conformidad con lo establecido con el artículo 2.2.5.5.17 del Decreto 1083 de 2015, todo funcionario tiene derecho a solicitar permiso remunerado hasta por el termino de tres (3) días hábiles cuando medie justa causa para ello.

No obstante, se insta a los jefes de las Misiones Diplomáticas, Misiones ante Organismos Internacionales, Oficinas Consulares y Dependencias en Planta Interna para que a la llegada de los funcionarios que sean designados se le conceda un tiempo prudencial aparte del permiso remunerado, en caso de ser solicitado por el servidor público, con el objeto de que pueda adelantar las gestiones necesarias relacionadas con la búsqueda de vivienda, colegio para sus hijos, reconocimiento de su entorno laboral y demás situaciones importantes a tener en cuenta, sin perjuicio de los días que legalmente corresponden a cada servidor público para efectos de su traslado.

Lo anterior, en cumplimiento del artículo 34 del Acuerdo Colectivo 2019, suscrito el 4 de mayo de la presente anualidad por los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Organización Sindical “SEMREX”.

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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