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CIRCULAR EXTERNA 5 DE 2018

(agosto 17)

Diario Oficial No. 50.688 de 17 de agosto de 2018

AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO

PARA: MINISTROS DEL DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, SUPERINTENDENTES, DIRECTORES, GERENTES, PRESIDENTES DE ENTIDADES CENTRALIZADAS Y DESCENTRALIZADAS DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL

DE:

AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO

ASUNTO:
DIRECTRICES PARA EL REPORTE DE ARBITRAJES COMERCIALES INTERNACIONALES A LA AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO.

Para dar cumplimiento a la Directiva Presidencial número 04 de 2018 por la que se dictan políticas en materia arbitral y se establece la obligación de comunicar la información de los arbitrajes comerciales internacionales a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se debe tener en cuenta lo siguiente:

1. Se deberá reportar la información de los arbitrajes comerciales internacionales diligenciando el formato que se encuentra disponible en el link/. h t t p s: / / w w w. defensajuridica.gov.co/servicios-al-ciudadano/formularios/formulario arbitramentos internacionales/Paginas/default.aspx, de la página de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, con el respectivo instructivo para su diligenciamiento.

2. Las entidades que estén vinculadas a este tipo de procesos, deberán remitir el formato diligenciado en un plazo máximo de (5) días hábiles a partir del momento en que se les notifica la Solicitud de Arbitraje en su contra, o del momento en que someten una Solicitud de Arbitraje en contra del contratista. Asimismo, este formato deberá actualizarse y enviarse cada vez que ocurra un nuevo evento procesal y trimestralmente se deberá informar a la Agencia el consolidado de novedades.

3. La información deberá remitirse en el formato indicado, al correo electrónico [email protected]

4. La información objeto de este reporte comprende los arbitrajes comerciales internacionales que se encuentren en curso y los que se inicien a partir de la fecha. La información de los tribunales que ya se encuentran en curso deberá remitirse a la Agencia antes del 30 de septiembre del 2018.

5. Se entenderá que las entidades que no reporten información, no se encuentran vinculadas a este tipo de procesos.

Cordialmente,

El Director General,

Luis Guillermo Vélez Cabrera.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
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