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R - Padre o madre de nacional colombiano por nacimiento

Descripción del trámite en el portal único para realizar trámites del Estado en línea.

Podrá aplicar el extranjero padre de un nacional colombiano por nacimiento, bien sea porque alguno de los padres es nacional colombiano o que los padres siendo extranjeros se encontraban domiciliados en Colombia al momento del nacimiento. 

La visa tipo “R” tendrá vigencia indefinida. El tiempo de permanencia autorizado en el territorio nacional al titular de la visa tipo “R” será igual al tiempo de vigencia.

Requisitos específicos:

  1. Copia del Registro Civil de Nacimiento del hijo nacional colombiano.
  2. Carta de solicitud según el caso:
    • Cuando el hijo nacional colombiano es menor de edad: la carta deberá estar firmada por el otro padre manifestando que el extranjero solicitante de visa está cumpliendo cabalmente con las obligaciones alimentarias correspondientes.
    • Cuando el hijo sea mayor de edad: deberá presentar carta de solicitud de visa para el padre o la madre extranjero acompañada de una fotocopia de la cédula de ciudadanía colombiana.

Tenga en cuenta que:

En caso de ausencia de consentimiento del otro padre del menor de edad deberá presentar certificación de autoridad de familia colombiana en la que se precise que no existe medida de protección o restablecimiento de derechos y acompañada de prueba que permita verificar que el extranjero ha estado cumpliendo a cabalidad con sus obligaciones alimentarias.

Cuando los dos padres sean extranjeros deberá presentar copia autentica del Registro Civil de Nacimiento Colombiano del hijo(a) nacido en Colombia con la anotación que indique validez para demostrar nacionalidad o que alguno de los padres se encontraba domiciliado en Colombia al momento del nacimiento del hijo(a).