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2021
Expediente no. 3920 de 2021 - La reserva de las pruebas en los concursos de la carrera diplomática y consular no es oponible a los aspirantes. "[e]n la carrera diplomática y consular, si bien no existe una norma expresa en el decreto ley 274 de 2000 que le otorgue carácter reservado a las pruebas de los concursos, sí existe alusión a la confidencialidad como principio rector del servicio exterior y de la carrera diplomática y consular [decreto ley 274 de 2000, art. 4 (núm. 9)]". de conformidad con lo anterior, lo indicado por la jurisprudencia de esta subsección [sentencias: 23-may-2013, rad. 25000-23-42-000-2013-01113-01; 23-mar-2017, rad. 20001-23-33-000-2017-00001-01(ac); 28-feb-2019, rad. 11001-03-15-000-2019-00468-00(ac)] también resulta aplicable en los concursos de méritos de la carrera diplomática y consular y, de esa manera, la confidencialidad y reserva de la información asociada a esos certámenes no puede comprender a las solicitudes para acceder a ella que provengan de los aspirantes a ingresar a ese sistema especial y que sea necesaria para ejercer su derecho de contradicción frente a los resultados de las pruebas en las que ya haya participado. no obstante, según los parámetros que ha fijado la corte constitucional [t-180 de 2015] y esta corporación [sentencia del 12 de mayo de 2016, rad. 08001-23-33-000-2016-00146-01(ac)], el acceso a las pruebas del concurso por parte de los aspirantes que ya las aplicaron debe cumplir con las condiciones necesarias para que la reserva de estos documentos siga siendo efectiva frente a terceros y, para tales efectos, la entidad organizadora del certamen ha de definir un procedimiento que garantice el registro de la cadena de custodia de ellos y, en ningún caso, se podrá autorizar su reproducción física o digital (fotocopia, fotografía, documento escaneado u otro similar)… [n]o son de recibo los argumentos referidos sobre el carácter preliminar de la información del concurso y del secreto profesional como limitantes de acceso a los documentos que interesen a los participantes, en la medida en que, como se dijo, estos tienen derecho a conocer todo aquello que requieran para controvertir las decisiones y los resultados del certamen"
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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