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PIP-6, A LOS EXTRANJEROS QUE DESEEN INGRESAR COMO ASISTENTES O PARTICIPANTES A EVENTOS Y ACTIVIDADES ACADÉMICAS, CIENTÍFICAS, ARTÍSTICAS, CULTURALES, DEPORTIVAS O RELIGIOSAS, QUE NO GENEREN NINGÚN TIPO DE RETRIBUCIÓN, LUCRO O CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA
DECRETOS REGLAMENTARIOS
DECRETO 1743 de 2015 - Por medio del cual se modifican parcialmente las disposiciones generales de las Oficinas Consulares Honorarias, Pasaportes, Visas, de la Protección y Promoción de Nacionales en el exterior, del Retorno, del Fondo Especial para las Migraciones, de la Tarjeta de Registro Consular y disposiciones de Extranjería, Control y Verificación Migratoria, de que tratan los Capítulos III al XI, y 13, del Título I de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015 Art. 50
DECRETO 1067 de 2015 - Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores; Art. 2.2.1.11.2.6. Inc. 6o.
decreto 1903 de 2014 - Por el cual se reglamenta la devolución del impuesto sobre las ventas a los turistas extranjeros no residentes en colombia por la compra de bienes en el territorio nacional y a los visitantes extranjeros no residentes en colombia por la compra de bienes gravados, realizadas en las unidades especiales de desarrollo fronterizo; arts. 2o. par., 7o. lit. b)
DECRETO 132 de 2014 - Por el cual se modifica el Decreto número 834 de 2013, "por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia"; Art. 2o. Inc. 7o.
DECRETO 834 de 2013 - Por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia; Art. 21 Inc. 7o.
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCION 6588 de 2013 MR - Por la cual se dictan algunas disposiciones en materia de visas; Art. 1o. Par. 2o.
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 4 de septiembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.491 - 18 de agosto de 2023)

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