Trámites y Servicios - Noticias

Cancillería expresa sus condolencias a familiares de colombiana fallecida en Reino Unido

 

Bogotá (ene. 18/19). El Ministerio de Relaciones Exteriores, expresa sus condolencias a los familiares y allegados de la de la connacional Luz Margory Isaza. La Dirección Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano a través del Consulado de Colombia en Londres, tuvo conocimiento del hallazgo del cuerpo sin vida de la connacional el pasado 18 de enero de 2019 en Londres. Se procedió contactar a la hermana de la fallecida y así a brindar la debida asistencia y orientación sobre los trámites que se deben realizar si desea repatriar los restos mortales a Colombia.

Así mismo, se adelantaron diversas gestiones con las autoridades competentes en el Reino Unido solicitando respetuosamente llevar la investigación conforme a derecho, e informar sobre los avances y resultados de la misma.

La Cancillería a través de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, continuará el acompañamiento a la hermana de la connacional fallecida para que pueda reunirse lo más pronto posible con sus sobrinos.

El Consulado de Colombia en Londres, bajo la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Asistencia a Connacionales, realizará el seguimiento respectivo, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, acatando la normatividad vigente sobre protección de datos personales y en estricto respeto a las competencias de las autoridades británicas encargadas de la investigación.

 



Cancillería se pone a disposición de los más de 2.000 jóvenes colombianos que espera recibir Ciudad de Panamá en la XXXIV Jornada Mundial de la Juventud 2019

 

  • Este evento, promovido directamente por el Papa, se llevará a cabo del 22 al 27 de enero de 2019 y reunirá a jóvenes de 190 países del mundo. Es la tercera Jornada Mundial de la Juventud que tendrá lugar en América Latina.

Bogotá (ene. 17/19). Teniendo en cuenta el significativo número de colombianos que espera reunir este evento en la capital panameña, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, a través del Consulado de Colombia en Ciudad de Panamá, se pone a disposición de los connacionales para asistirlos en caso de alguna eventualidad.

Los colombianos que deseen asistir a la Jornada Mundial de la Juventud 2019 pueden encontrar toda la información en la página web oficial del evento: panama2019.pa

Tenga a la mano los datos del Consulado de Colombia

Ante cualquier emergencia recuerde comunicarse con el Consulado General de Colombia en Ciudad de Panamá para recibir la orientación y/o asistencia que requiera. Lleve los datos de contacto siempre con usted.
Información: (+ 507) 392 68 88 / (+ 507) 209 48 94 / (+ 507) 392 63 63 / (+ 507) 392 53 53
Correo electrónico: [email protected]
Dirección: Paitilla. Vía Italia, frente al hotel Plaza Paitilla Inn, Ph Posada del Rey, local 1 y 11.

Asimismo, usted puede comunicarse con los funcionarios de la Cancillería colombiana, en Ciudad de Panamá, responsables de atender cualquier eventualidad:

Sonia Johanna Yaya.
Whatsapp: (+ 507) 686 61 064
Correo electrónico: [email protected]

José Antonio Barrios.
Whatsapp: (+ 507) 686 61 010
Correo electrónico: [email protected]

Contacte a la Cancillería, las 24 horas del día

El Centro Integral de Atención al Ciudadano (CIAC) tiene a disposición de los connacionales varios canales de comunicación, las 24 horas del día, los siete días de la semana.
Si llama desde Colombia puede marcar 01 8000 979 899 y 01 8000 938 000.

También puede comunicarse a través de:


Seis datos que debe conocer para preparar su viaje

1. Los ciudadanos colombianos no requieren visa para ingresar a Panamá. El documento de viaje para ingresar al país es el pasaporte válido con al menos tres meses de vigencia.

2. El Gobierno de Panamá exonerará la presentación de solvencia económica por un valor de 500 dólares a los inscritos para participar en la Jornada Mundial de la Juventud. Para acceder a esta exoneración, el solicitante deberá estar respaldado por la Certificación de Participación en la Jornada emitida por la Iglesia.

3. Los peregrinos y turistas podrán identificarse durante su estadía en Panamá con la fotocopia o foto de su pasaporte (página principal y sello de entrada). Lo anterior, con el fin de evitar la pérdida o hurto de los documentos de viaje.

4. Los inscritos que escojan ingresar a Panamá vía aérea, tendrán asistencia y filas preferenciales para la Jornada Mundial de la Juventud en el Aeropuerto Internacional de Tocumen.

5. Para la entrada, los viajeros deberán presentar la “Declaración Jurada Regional de Viajero”, con la información completa, sin tachones o correcciones y debidamente firmada.  Se recomienda que la misma sea completada desde el medio de transporte y antes de la llegada al control aduanero; así como también deben presentar su pasaporte vigente. 

6. Los viajeros podrán llevar dinero en efectivo, valores e instrumentos negociables, que tengan un valor igual o superior a 10.000 dólares y deberán informarlo en la “Declaración Jurada Regional de Viajero”. La omisión de cualquier suma conllevará a la retención del dinero, valor o instrumento negociable, con la aplicación de la sanción correspondiente.

Requisitos para salir de Colombia siendo menor de edad

  • Si usted es menor de edad residente en Colombia y va a salir del país con una persona distinta a sus padres, el adulto con el que viaje deberá tener el permiso de salida debidamente diligenciado por sus progenitores, el cual debe estar notariado.
  • En caso de salir del país con uno de los padres, es necesario que el padre ausente diligencie el respectivo permiso, y de encontrarse uno de los padres fallecidos, que porte el registro civil de defunción autenticado.
  • Por ningún motivo, la unidad de control Migración Colombia autorizará la salida de un menor con un formato de permiso de salida con tachones o enmendaduras.
  • Además del permiso debidamente diligenciado y notariado, el adulto que viaje con el menor debe llevar una copia auténtica del registro civil del niño o adolescente. Aunque este tenga más de siete años, la tarjeta de identidad no es suficiente, pues solo a través del Registro Civil se puede verificar el vínculo con los padres o con quienes firmaron el permiso.
  • Adicionalmente, se debe portar tarjeta de identidad de los niños, niñas y adolescentes mayores de siete años y el pasaporte. La contraseña no es válida.
  • Para garantizar que el permiso de salida tenga toda la información que requieren las autoridades migratorias es recomendable descargarlo de la página de Migración Colombia.

Para más información sobre requisitos para menores de edad ingrese a: bit.ly/salidademenores

 



Cancillería presta asistencia a familiares de colombiana desaparecida en Reino Unido

 

Bogotá (ene. 17/19). La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, a través del Consulado de Colombia en Londres, ya estableció comunicación con las autoridades locales que investigan la desaparición de la connacional y mantiene contacto con dos de sus familiares.

Aunque aún se desconocen los detalles de la desaparición de la connacional Luz Margory Isaza, el Consulado de Colombia en Londres se puso a disposición de las autoridades locales que adelantan la investigación del caso y mantiene contacto con una hermana de la colombiana desaparecida, quien solicitó asistencia a esta oficina consular el pasado 14 de enero de 2019.

Asimismo, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, por solicitud de la familiar en mención, lleva a cabo gestiones tendientes a acelerar el trámite de visado ante la Embajada del Reino Unido en Colombia, de manera que la hermana de la connacional pueda viajar lo antes posible para estar al frente de la situación.

De acuerdo con información de la familiar, la colombiana desaparecida desde el pasado 13 de enero de 2019 tiene tres hijos mayores de edad, quienes residen actualmente en Europa. Hasta el momento estas personas no han establecido comunicación con la oficina consular.

Por su parte, el esposo de la connacional se encuentra bajo custodia de las autoridades británicas.

El Consulado de Colombia en Londres, bajo la Coordinación del Grupo interno de Asistencia a Connacionales, continuará brindando el acompañamiento y seguimiento respectivo, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, acatando la normatividad vigente sobre protección de datos personales y en estricto respeto a las competencias de las autoridades británicas encargadas de la investigación.

 



Ministerio de Relaciones Exteriores activa canales de asistencia para atender a connacionales que puedan resultar afectados por explosión en París

Bogotá (ene.12/19) Debido a la explosión registrada en el distrito noveno de la capital francesa este sábado 12 de enero, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia dispuso sus canales de atención para atender eventuales solicitudes de colombianos que puedan haber sido afectados.

Aunque hasta el momento no se tiene conocimiento de ningún colombiano herido o fallecido, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, a través del Consulado General de Colombia en París, mantiene contacto con las autoridades locales para actuar de manera oportuna en caso de afectación a connacionales.

Los colombianos que requieran algún tipo de asistencia, además de acudir a las autoridades locales, pueden comunicarse con el Consulado General de Colombia en París:

Dirección: 12, Rue de Berri, Codigo Postal 75008, Paris.
Teléfono local en Paris: +33.01.53.93.91.91
Correo electrónico: [email protected]

Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha dispuesto de sus redes sociales Twitter (@CancilleriaCol), Facebook (Cancillería Colombia) y de los canales de comunicación de su Centro Integral de Atención al Ciudadano – CIAC para atender cualquier solicitud:

Videollamada gratuita a través de la página http://www.cancilleria.gov.co/help/contactus

Chat en línea a través de la página http://www.cancilleria.gov.co/help/contactus

Llamada en línea gratuita a través de la página http://www.cancilleria.gov.co/help/contactus

Línea de atención telefónica en Bogotá: (+57 1) 3826999

En el resto del país 01 8000 938 000

Correo electrónico: [email protected]

 



Cancillería participa en el Diálogo Político sobre la Integración de los Refugiados y otros Migrantes Vulnerables

 

París (ene. 10/19). La Embajadora Margarita Eliana Manjarrez, Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, participa en el Diálogo Político sobre la Integración de los Refugiados y otros Migrantes Vulnerables, liderado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en París, Francia, este 10 y 11 de enero.

La participación en este evento se suma a las acciones emprendidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de los foros internacionales, con miras a facilitar el intercambio de información, experiencias y buenas prácticas en la atención a las crisis migratorias actuales.

Este diálogo político entre los países miembros de la OCDE aborda experiencias sobre la atención a los grandes movimientos de refugiados y migrantes, así como la preparación de la Conferencia Ministerial 2020 sobre desarrollo de políticas públicas migratorias.



A partir del 14 de enero los colombianos en Dublín tendrán Consulado

 

Bogotá (ene. 9/19). Con la apertura de la sección consular, que estará ubicada en la sede de la Embajada de Colombia en Irlanda, ya son 120 los consulados de Colombia que operan alrededor del mundo.

“La puesta en marcha del Consulado de Colombia en Dublín ratifica nuestro compromiso de velar por el bienestar de las comunidades colombianas en el exterior y constituye otro paso en el objetivo de brindar más y mejores servicios para los connacionales”, aseguró la Embajadora Margarita Manjarrez, Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería.

“Asimismo, este tipo de acciones las llevamos a cabo en virtud de nuestro objetivo de diseñar y ejecutar una Política Migratoria que cimiente el deber ser del Ministerio de Relaciones Exteriores y que tenga en cuenta el valor de la diáspora colombiana”, agregó.

Además, los connacionales tendrán la oportunidad de sumarse a los proyectos que ha emprendido la Dirección de Asuntos Migratorios y Consulares en el marco del Plan de Apoyo a Colombianos en el Exterior – PACE, programa institucional que busca vincular a las comunidades colombianas alrededor del mundo, ayudar a elevar su calidad de vida y a brindar más y mejores servicios.

En ese orden de ideas, a partir del 14 de enero de 2019 los colombianos en Irlanda podrán acceder a todos los servicios que ofrece la sección consular en lo referente a gestiones notariales, electorales, de registro civil, de cedulación y tarjetas de identidad, de reclutamiento, de certificaciones de antecedentes judiciales, de supervivencias, apostilla y legalización, y demás trámites documentarios, así como a las actividades del programa Colombia Nos Une.

Los datos de contacto del nuevo Consulado son:

Dirección: Garden Level, 19 Raglan Road Ballsbridge, Dublin 4, D04 TX89
Teléfono Local: +353 01 563 7727

Atención al ciudadano
Trámites y atención al público: lunes a viernes 8:30 a.m. – 1:00 p.m.  (Cita previa)
Horarios de atención telefónica: lunes a viernes de 1:30 p.m. a 3:00 p.m.
Trámites y servicios: [email protected]

Andrés Echeverri - Tercer Secretario de Carrera Diplomática y profesional en Negocios Internacionales de la Universidad EAFIT (Colombia) será el encargado de las funciones consulares.
[email protected]

René Diazgranados
Auxiliar de Misión Diplomática
[email protected]

 



Cancillería presta asistencia a parientes de familia colombiana víctima de accidente de tránsito en Arizona

 

Bogotá (ene. 8/19). La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería, a través del Consulado de Colombia en Los Ángeles, tuvo conocimiento de un accidente automovilístico ocurrido el 5 de enero de 2019, en el cual fallecieron cuatro nacionales colombianos, todos miembros de la familia Peña Delgado, por lo que procedió a brindar la debida asistencia a sus familiares y orientación sobre los trámites que deben realizar con el propósito de repatriar los restos mortales a Colombia.

Los connacionales se encontraban de viaje en el país americano y cuando visitaban el norte del Estado de Arizona, en las inmediaciones de la ciudad de Flagstaff (Coconino County), tuvieron un fatal accidente. Familiares de los connacionales fallecidos informaron al Consulado que viajarán a los Estados Unidos para estar al frente de la situación.

El Consulado de Colombia en Los Ángeles adelanta las gestiones ante las autoridades locales con el fin de solicitar información sobre el avance y resultados de la investigación que se adelanta en relación con el accidente y continuará prestando la asistencia requerida, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, acatando la normatividad vigente sobre protección de datos personales y en estricto respeto a las competencias de las autoridades americanas encargadas de la investigación.

La Cancillería lamenta profundamente el fallecimiento de la familia Peña Delgado y extiende sus más sinceras condolencias a sus allegados.



Centro Integral de Atención al Ciudadano de Cancillería tiene disponibilidad ininterrumpida para los colombianos

 

Bogotá (ene. 4/19), El Centro Integral de Atención al Ciudadano (CIAC) es una herramienta para mantener el contacto entre los colombianos en el exterior y la Cancillería, que está disponible las 24 horas del día, los siete días de la semana, durante los 365 días del año y cuenta con atención por múltiples canales: chat, llamada, video-llamada, llamada en línea, correo electrónico, sistema de peticiones, quejas y reclamos (PQRS) y redes sociales.

Cuenta con una cobertura telefónica gratuita en ocho países, línea de trámites en Bogotá y otra a nivel nacional. En los lugares donde no existe cobertura telefónica, los colombianos pueden contactarse a través de medios virtuales: páginas web oficiales o redes sociales. El formato de atención se ha replicado a nivel internacional ya que se trata de uno de los pocos centros de contacto de las entidades del orden nacional con solución tecnológica propia con operación 7 por 24, y personal bilingüe.

El CIAC brinda atención de emergencia a colombianos en casos de asistencia a connacionales en situaciones de crisis o vulnerabilidad remitiendo oportunamente a la Coordinación de Asistencia a Connacionales y consulados de Colombia en el exterior.

El chat que la Cancillería tiene a disposición del ciudadano funciona las 24 horas en horario de lunes a domingo. El usuario puede consultar información de trámites y servicios como: pasaportes, visas, apostilla, legalización, nacionalidad, asistencia a connacionales y servicios en consulados. Cabe resaltar que el servicio de videochat que la Cancillería, también funciona las 24 horas en horario de lunes a domingo a través de la plataforma Skype.

Los canales de contacto que tiene dispuestos el Centro Integral de Atención al Ciudadano son:

Chat en línea, video-llamada y llamada en línea: las 24 horas del día desde la página oficial de la Cancillería www.cancilleria.gov.co y las páginas de los consulados y embajadas de Colombia en el exterior.

Teléfonos las 24 horas: si está en Bogotá se puede comunicar al (57-1) 382 6999 o en el resto del país a través de la línea gratuita 01 8000 938 000.

En otros países
Costa Rica: 08000571018
Ecuador: 1800010410
España: 0900995721
Estados Unidos: 18887643326
México: 018001233242
Panamá: 011008000570054
Reino Unido: 08082342176
Venezuela: 08001007214

De igual forma, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha dispuesto sus redes sociales para estar en contacto permanente con los connacionales que tengan dudas o presenten emergencias, a través de los perfiles en Twitter: @Cancilleriacol y Facebook: Cancillería Colombia.



Bogotá (ene. 1/19). El Ministerio de Relaciones Exteriores informa que, obedeciendo al incremento del impuesto de Timbre Nacional, a partir del 1 de enero de 2019, cambió el costo de expedición de pasaportes para quieres realicen el trámite en Colombia. La libreta del pasaporte conserva el mismo valor y el aumento es de mil pesos, correspondiente al impuesto a nivel nacional.

Si bien las tarifas base establecidas por la Cancillería no se modifican, el valor total sí cambia con base en los valores del impuesto de timbre, que es una contribución con la que el Departamento Administrativo de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) grava los diferentes bienes y servicios que suministra el Estado a través de sus entidades.

El aumento de mil pesos aplica tanto para el pasaporte ordinario como para el ejecutivo.

No existe variación de precios por el momento, para los pasaportes que se expidan en el exterior.

Costos Bogotá:

 

Costos fuera de Bogotá:

 

Costos en el exterior (se mantienen)

En Europa y Cuba

 

En el resto del mundo



Antes de salir del país con un niño, niña o adolescente, es importante conocer las normas que establecen los requisitos migratorios a cumplir

Bogotá (dic. 30/18). Para los niños, niñas, y adolescentes colombianos y extranjeros residentes en el país, se necesita permiso de salida de los padres o del padre que no viaja con el menor al salir del país.

El permiso debe contener fecha de salida, propósito del viaje, fecha de regreso y con quién viaja el menor, según lo definido en el Código de Infancia y Adolescencia. También copia del registro civil del niño o adolescente colombiano, si es titular del pasaporte nuevo, donde no figura el nombre de los padres del menor.

Si el padre o madre que otorga el permiso se encuentra en Colombia, el permiso debe estar autenticado ante notario público. Si el padre o madre que otorga el permiso, se encuentra en el exterior, el permiso debe estar autenticado ante el consulado colombiano. De no ser posible ubicar un Consulado Colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser en original.

Cuando uno de los padres ha fallecido, se debe presentar el Registro Civil de Defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del menor, conforme a la Ley y los documentos que respalden la designación de esta persona como responsable del menor.

Para los menores adoptados, se debe presentar copia de la sentencia de adopción debidamente ejecutoriada.

Cuando los padres están en conflicto se debe presentar permiso otorgado por el Juez de Familia.

Si la patria potestad está en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.

Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia. Si el menor ostenta doble nacionalidad, siendo una de ellas la colombiana, debe cumplir con los requisitos antes establecidos (en todo caso como nacional colombiano).

Permiso del ICBF cuando se desconoce el paradero de sus padres o de uno de ellos, cuando este o estos no están en condiciones de otorgar el permiso o cuando se carece de representante legal.

Recomendaciones para viajeros internacionales

Los colombianos que tienen previsto viajar al exterior, deben tener en cuenta estas recomendaciones para que no tengan ningún inconveniente en el momento de salida del país por cualquiera de los puestos migratorios terrestres, aéreos, marítimos o fluviales:

• Pasaporte con la visa vigente estampada, si es exigible en el país de destino.
• Cédula de Ciudadanía colombiana si se pretende viajar como turista a los países de Mercosur, excepto Venezuela.
• Pasaporte con visa para viajar a Venezuela por vía terrestre. Por vía aérea, reserva hotelera o carta de invitación.
• Iniciar el proceso de chequeo en la empresa aérea con tres horas de antelación a la hora de salida del vuelo y acceder a la  zona de migración con la mayor anticipación posible.
• Si tiene o ha tenido inconvenientes judiciales, hacer los trámites  y solicitar las certificaciones respectivas ante las autoridades competentes y radicarlos ante Migración Colombia con la debida anticipación.

Preguntas frecuentes

1. Si viaja con un menor de 18 años, ¿cuáles son los requisitos para su salida del país?

Los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar para salir del país los siguientes requisitos:

• Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace o documento de identidad, según el caso.
• Visa o permiso vigente, según el caso.
• Registro Civil.
• Permiso de salida suscrito por el (los) padre (s) que no viajen con el infante o adolescente.

2. Si viaja con menores a países miembros de la CAN, ¿cuáles son los requisitos?

Los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar para salir del país los siguientes requisitos:

• Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace o documento de identidad, según el caso.
• Registro Civil.
• Permiso de salida suscrito por el (los) padre (s) que no viajen con el infante o adolescente.

3. Si viaja con menores a países miembros de Mercosur, ¿cuáles son los requisitos?

Los menores de edad colombianos y extranjeros titulares de visa de residente en Colombia, deben presentar para salir del país los siguientes requisitos:

• Pasaporte vigente o documento de viaje válido que lo reemplace.
• Registro Civil.
• Permiso de salida suscrito por el (los) padre (s) que no viajen con el infante o adolescente.

4. ¿Cuáles son los requisitos para la salida de menores?

SI NO VIAJA CON ALGUNO DE LOS PADRES:

• Si el padre o madre se encuentra en Colombia, el permiso debe ser suscrito ante notario público.
• Si el padre o madre se encuentra en el exterior, el permiso debe estar suscrito ante el Cónsul colombiano. De no ser posible ubicar un Consulado colombiano cerca de su residencia, el permiso debe estar diligenciado en idioma español, suscrito ante notario público, debidamente apostillado y siempre debe ser original.

•  Cuando uno de los padres haya fallecido, se debe presentar el certificado de defunción del mismo. En caso de fallecimiento de los dos padres, se debe presentar el permiso de salida suscrito por el representante legal o tutor del infante o adolescente, conforme a la ley.

•  Los infantes y adolescentes adoptados deben presentar copia de la sentencia de adopción, debidamente ejecutoriada.

•  Cuando los padres están en conflicto, deben presentar permiso expedido por el Juez de Familia.

•  Si la patria potestad está  en cabeza de uno de los padres, se debe presentar copia de la sentencia debidamente ejecutoriada.

•  Si el permiso está otorgado por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con la certificación de su vigencia.

•  Los infantes y adolescentes con doble nacionalidad, deben presentar el permiso de viaje del padre que no viaje con él, así no tengan domicilio permanente en el país.

•  La Sentencia sobre la custodia o patria potestad expedida en otro país diferente a Colombia, no tendrá validez en territorio nacional, a menos que la Corte Suprema de Justicia la declare ‘exequátur’ o aplicable en Colombia.

•  El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será la entidad competente para otorgar el permiso de salida de un infante o adolescente, en el caso de que se desconozca el paradero de uno de los padres, no pueda otorgarlo o el infante o adolescente carezca de representante legal.

LOS NUEVOS PERMISOS DE MENORES PARA SALIR DEL PAIS DEBEN DECIR FECHA DE SALIDA, EN COMPAÑÍA DE QUIEN VIAJA O SI VIAJA SOLO, A DONDE SE DIRIGE, MOTIVO DEL VIAJE Y FECHA DE REGRESO AL PAÍS.

DE ACUERDO  CON NUEVAS DISPOSICIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2009, TODOS  LOS DOCUMENTOS QUE VENGAN CON RECONOCIMIENTO CONSULAR, NO DEBEN SER PRESENTADOS EN LA OFICINA DE LEGALIZACIONES.

8. ¿Se debe dejar copia del Registro Civil  a la salida del menor, en los puntos de control migratorio?

No se requiere dejar copia del Registro Civil al oficial de Migración. No obstante, sí es necesario presentarlo para corroborar el grado de parentesco con el menor, cuando éste viaje con el nuevo formato del pasaporte colombiano (con zona de lectura mecánica).