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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.9.4. REQUISITOS. Además de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.3.1 del presente Capítulo, se tendrán en cuenta los siguientes, para su otorgamiento:

Para Oficiales, Suboficiales, Soldados e Infantes de Marina de las Fuerzas Militares Miembros de la Policía Nacional:

1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y arma a la cual pertenece.

2. Debe haber liderado, planeado, dirigido o ejecutado episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

3. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios a las Fuerzas Militares, por su conducta, dedicación al trabajo y excelente desempeño en beneficio del desarrollo del país.

Para los Servidores Públicos del Sector Defensa y Personal no uniformado de la Policía Nacional:

1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y unidad a la cual pertenece.

2. Haberse destacado por su conducta, dedicación al trabajo, excelente desempeño en beneficio de las Fuerzas Militares.

Para el Personal Militar de la Reserva Activa:

1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y unidad a la cual pertenece.

2. Haber prestado servicios eminentes a las Fuerzas Militares.

Para Personalidades Nacionales o Extranjeras. Entidades Públicas y Privadas:

1. Haber prestado servicios eminentes a las Fuerzas Militares.

2. Reunir condiciones morales, éticas, profesionales y personales ejemplares.

3. Que por su posición y méritos se hayan hecho acreedores a esta condecoración.

(Decreto 1697 de 2014 artículo 4o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.9.5. DIPLOMA. La Medalla Militar "BICENTENARIO DE LOS INGENIEROS MILITARES" del Comando General de las Fuerzas Militares, va acompañada de un diploma credencial, el cual se elaborará en papel pergamino o cartulina blanca con medidas de 35 cm de largo, por 25 cm de ancho. En la parte superior izquierda se exhibirá el anverso de la medalla y en la parte superior derecha el reverso de la misma, igualmente lleva el escudo del Comando General en marca de agua en la parte superior y en el centro, en la parte inferior llevará las firmas del Comandante General de las Fuerzas Militares y del Jefe de Estado Mayor Conjunto de las FF.MM., con la siguiente leyenda:

(Decreto 1697 de 2014 artículo 5o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.9.6. OTORGAMIENTO. La Medalla Militar "BICENTENARIO DE LOS INGENIEROS MILITARES" del Comando General de las Fuerzas Militares, será conferida por una sola vez, mediante resolución, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el efecto y que a consideración del consejo de la medalla se hagan merecedores de esta distinción.

(Decreto 1697 de 2014 artículo 6o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.9.7. IMPOSICIÓN. La imposición de la Medalla Militar "BICENTENARIO DE LOS INGENIEROS MILITARES" del Comando General de las Fuerzas Militares, debe revestir la mayor solemnidad. Será impuesta en la ceremonia de celebración de los 200 años del arma de Ingenieros Militares. La ceremonia se realizará de acuerdo con el reglamento de ceremonial militar y estará presidida por el señor Comandante General de las Fuerzas Militares quien impondrá la condecoración.

(Decreto 1697 de 2014 artículo 7o)

3) EJÉRCITO NACIONAL:

SUBSECCIÓN 10.

MEDALLA MILITAR "FE EN LA CAUSA" DEL EJÉRCITO NACIONAL.

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.1. ORIGEN. Creada mediante Decreto 2066 de 2011, en categoría única, para premiar al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados y Civiles, que se destaquen en la recuperación de la paz, el orden y la democracia de la Nación, así como al personal militar en uso de buen retiro, a personalidades Nacionales y Extranjeras y entidades públicas o privadas que presten sus servicios meritorios en beneficio del Ejército Nacional.

(Decreto 2066 de 2011 artículo 1o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya consiste en una medalla esmaltada, de 55 mm de ancho por 55 mm de alto, con corona cóncava plateada de la cuál pende un circulo en laurel donde estarán expuestas, una estrella de color plata de 56 puntas y una estrella de color dorado de 8 puntas; con el escudo del Ejército Nacional sobre la estrella dorada y en su base el emblema "FE EN LA CAUSA". En la parte inferior de la joya vendrá una cinta dorada con la descripción del lema esculpido "PATRIA, HONOR, LEALTAD", esta joya penderá de una cinta de 40 mm, de ancho de color rojo, sobre la cual llevará bordados los ocho colores representativos de las armas que conforman el Ejército Nacional, al respaldo lleva impresa en alto relieve el símbolo de los siete Pilates con tres palabras "DIGNIDAD, EQUILIBRIO, EQUIPO".

PARÁGRAFO 1o. Las miniaturas o réplicas serán condecoraciones similares a la joya descrita anteriormente, pero reducidas a 15 milímetros, la cual irá suspendida de una cinta con los mismos colores de la establecida para la joya, tendrá 15 mm de ancho por 35 mm de largo y en el centro ostentara el distintivo indicado para la venera.

PARÁGRAFO 2o. La venera será una cinta de color rojo rectangular de 40 mm de ancho, por 11 de alto, llevará las secciones de las ocho armas representativas del Ejército Nacional en sus respectivos colores, en esmalte al fuego, con el escudo del Ejército Nacional en el centro y en su base el lema "FE EN LA CAUSA".

(Decreto 2066 de 2011 artículo 2o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.3. CONSEJO. El Consejo de la Medalla Militar "Fe en la Causa" del Ejército Nacional, estará conformado de la siguiente manera:

Presidente: Comandante del Ejército Nacional

Vicepresidente: Jefe de Estado Mayor del Ejército Nacional

Vocales: Jefe de Operaciones del Ejército Nacional

Jefe de Desarrollo Humano del Ejército Nacional

Secretario: Director de Bienestar y Disciplina del Ejército Nacional

(Decreto 2066 de 2011 artículo 3o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.4. REQUISITOS. Además de los requisitos establecidos en el artículo 2.3.1.3.3.1 del presente Capítulo, se tendrán en cuenta los siguientes, para su otorgamiento:

Para Oficiales:

1. Diligenciar en el formato de solicitud los Apellidos, Nombres, Grado, número de cédula y el arma a la cual pertenece.

2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los derechos humanos.

3. Debe haber liderado, planeado, dirigido o ejecutado episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

Para Suboficiales:

1. Diligenciar en el formato de solicitud los Apellidos, Nombres, Grado, número de cédula y el arma a la cual pertenece.

2. Debe haber sido un protagonista en el respeto por los derechos humanos

3. Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

4. Que al momento de solicitarle la medalla, ostente todas las jinetas de buena conducta reglamentadas y que le correspondan de acuerdo a su grado y tiempo en el escalafón.

Para Soldados:

1. Diligenciar en el formato de solicitud los Apellidos, Nombres, Grado, numero de cedula y el arma a la cual pertenece.

2. Debe haber sido un protagonista en el respeto por los derechos humanos.

3. Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

Para el Personal Civil perteneciente a las Fuerzas Militares. Personal no uniformado de la Policía Nacional, Empleados Públicos que conforman el Sector Defensa.

1. Diligenciar en el formato de solicitud los Apellidos, Nombres, Grado, numero de cedula y el arma a la cual pertenece.

2. Debe haber sido un protagonista en el respeto por los derechos humanos.

3. Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

Para Instituciones de Derecho Público o Privadas:

1. Debe haber sido un protagonista en el respeto por los derechos humanos

2. Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restitución la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

(Decreto 2066 de 2011 artículo 4o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.5. DIPLOMA. Los diplomas correspondientes a la Medalla "Fe en la Causa" llevarán las firmas del Comandante y Jefe de Estado Mayor del Ejército Nacional.

(Decreto 2066 de 2011 artículo 5o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.6. OTORGAMIENTO. La Medalla Fe en la Causa, será conferida por una sola vez, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el efecto y que a consideración del Consejo de la Medalla se hagan merecedores de esta distinción.

PARÁGRAFO 1o. Al personal del Ejército Nacional que falleciere como consecuencia del cumplimiento del deber en actos del servicio para mantener o restablecer el orden público, se le podrá conceder en forma póstuma, igualmente a los miembros de la Policía Nacional que fallecieren por la misma causa, participando en operaciones conjuntas con las Fuerzas Militares.

PARÁGRAFO 2o. De igual manera, para el otorgamiento de la Medalla Fe en la Causa, se seguirán las normas establecidas en el parágrafo del artículo 2.3.1.3.5.4 del presente Capítulo.

(Decreto 2066 de 2011 artículo 6o)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.10.7. IMPOSICIÓN. Además de lo establecido en los artículos 2.3.1.3.2.1 y 2.3.1.3.3.4., del presente Capítulo, la imposición de la Medalla Fe en la Causa revestirá la mayor solemnidad. Para la ceremonia se conformarán destacamentos de acuerdo con el reglamento de ceremonial militar y estará precedida por el señor Comandante del Ejército Nacional quien impondrá la condecoración.

(Decreto 2066 de 2011 artículo 7o)

SUBSECCIÓN 11.

MEDALLA MILITAR "ESCUELA MILITAR DE CADETES".

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.11.1. ORIGEN. La Medalla Militar "Escuela Militar de Cadetes", categoría única, creada mediante Decreto número 971 del 30 de mayo de 1996, para estimular a quienes se hayan caracterizado por sus méritos militares, profesionales y servicios eminentes prestados en beneficio del Instituto.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 106)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.11.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya es una cruz de malta de color azul ultramar, con rayos de setenta (70) milímetros, de color dorado con sus puntas rematadas en esferas, llevará sobre el área central de su anverso un círculo de treinta (30) milímetros de diámetro y sobre él en alto relieve, el escudo de la Escuela Militar de Cadetes; al reverso y al centro llevará un círculo de treinta milímetros de diámetro, grabada la efigie del General José María Córdova, circundándola la inscripción en alto relieve en la parte superior, la leyenda "Servicios Distinguidos" y en la parte inferior la leyenda "General José María Córdova". La joya pende de una argolla dorada unida mediante un aro dorado a una cinta de cuarenta (40) milímetros de ancho con los colores al centro azul ultramar con un ancho de veinticuatro (24) milímetros y dos franjas verticales de color verde esmeralda en los extremos y rojo escarlata seguidamente, de cuatro (4) milímetros de ancho cada una. La longitud de la cinta será de cincuenta y dos (52) milímetros medida desde el borde superior del gancho de fijación, hasta el borde inferior donde va el aro soportando la argolla de la cual pende la medalla.

La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 107)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.11.3. CONSEJO. El Consejo de la Medalla Militar "Escuela Militar de Cadetes", estará conformado de la siguiente manera:

Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado.

Vicepresidente: El Director de la Escuela Militar de Cadetes.

Vocal: El Subdirector de la Escuela Militar de Cadetes.

Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela Militar de Cadetes.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 9)

SUBSECCIÓN 12.

MEDALLA MILITAR "CENTENARIO DE LA ESCUELA MILITAR DE CADETES GENERAL JOSÉ MARÍA CÓRDOVA".

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.12.1. ORIGEN. La Medalla Militar "Centenario de la Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova", fue creada en el artículo 103 del Decreto 1816 de 2007, en categoría única, para reconocer, exaltar y premiar a los alumnos eméritos, oficiales y suboficiales del Ejército Nacional y servidores públicos que con sus servicios distinguidos han contribuido al progreso, fortalecimiento, logro de los objetivos misionales, enaltecer la magna labor y nombre de la Escuela Militar de Cadetes "General José María Córdova".

(Decreto 4444 de 2010 artículo 108)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.12.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya de la Medalla Militar "Centenario de la Escuela Militar de Cadetes, General José María Córdova" consiste en un sol de General con relieve artístico de 60 mm de diámetro, que lleva en su centro en un círculo 16 mm con una esfinge escultural dorada de José María Córdova, bordeada por un círculo de 24 mm de fondo rojo escarlata con la leyenda: "Escuela Militar de Cadetes 100 años" en letras doradas, rodeada esta por dos ramas de laurel de color plata que forman un semicírculo sobrepuesto de 32 mm de diámetro. En el anverso tendrá dentro de un círculo de 27 mm color plata el casco con penacho y la daga de cadete sobre un libro, simbolizando los principios y valores que enmarcan la formación del Oficial; en la parte superior lleva la inscripción "1907" y en la parte inferior "2007" que corresponde a la creación y el centenario de la Escuela Militar de Cadetes "General José María Córdova". La joya se adhiere a dos ramas de laurel dorado en semicírculo de 16 milímetros de diámetro que en su unión forman una argolla a la cual también se enlazan a la cinta de la joya. La cinta para oficiales Generales y Superiores es de tipo moaré de 4 cm de ancho por 55 centímetros de longitud, dividida en tres (3) franjas, una de color azul ultramar de dos (2) centímetros de ancho al costado izquierdo, seguidamente una verde esmeralda en el centro de un centímetro de ancho y una rojo escarlata al costado derecho también de un centímetro de ancho. La cinta para oficiales subalternos, suboficiales y civiles es de tipo moaré de 4 centímetros de ancho por 16 centímetros de alto, dividida en tres franjas una de color azul ultramar de 2 cm de ancho al costado izquierdo, seguidamente una verde esmeralda en el centro de 1 centímetro de ancho y una rojo escarlata al costado derecho también de un centímetro de ancho, se fijará en una barra dorada en forma rectangular de 4.5 centímetros de ancho, por 2 cm de alto, con una ventana de 4 cm de ancho por 1.5 centímetros de alto.

La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 109)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.12.3. CONSEJO. El Consejo de la Medalla Militar "Centenario de la Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova", estará conformado de la siguiente manera:

Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado.

Vicepresidente: El Director de la Escuela Militar de Cadetes.

Vocales: El Subdirector y el Comandante del Batallón de la Escuela Militar de Cadetes.

Secretario: El Oficial de Personal de la Escuela Militar de Cadetes.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 90)

SUBSECCIÓN 13.

MEDALLA MILITAR "ESCUELA DE ARMAS Y SERVICIOS

"JOSÉ CELESTINO MUTIS BOSSIO".

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.13.1. ORIGEN. Creada mediante Decreto número 1434 del 27 de julio de 1998 para estimular y premiar al personal de la Institución que sobresalga por su dedicación, capacidad Profesional, desarrollo Académico, colaboración y Servicios eminentes en beneficio de la Escuela de Armas y Servicios, y a las Entidades Públicas y Privadas que con su colaboración contribuyan al engrandecimiento de la Institución.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 110)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.13.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya de la Medalla Militar Escuela de Armas y Servicios "JOSÉ CELESTINO MUTIS BOSSIO", consiste en una estrella radiada de 5.5 centímetros de diámetro, con un laurel de 5 centímetros de color verde y dorado, con un círculo anterior dorado de 2 centímetros de diámetro adornado con óvalos, un círculo interno color azul de 1.3 centímetros de diámetro y en el centro una antorcha dorada de 0.9 centímetros. Tendrá aspas con bordes exteriores dorados, una franja de color púrpura, borde exterior dorado y centro blanco, en medio de las aspas se encuentran unas flechas cruzadas en color dorado y en la parte inferior una cinta dorada, es de cinco (5) centímetros de ancho, dorada, lleva una franja roja en el centro de 2 centímetros y dos blancos a los lados de 1.5 centímetros cada una.

La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 8o y 111)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.13.3. CONSEJO. El Consejo de la Medalla Militar Escuela de Armas y Servicios "José Celestino Mutis Bossio", estará conformado de la siguiente manera:

Presidente: El Comandante del Ejército o su delegado.

Vicepresidente: El Director de la Escuela de Armas y Servicios.

Vocal: El Subdirector de la Escuela de Armas y Servicios

Secretario: El Ayudante de Comando de la Escuela de Armas y Servicios.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 90)

SUBSECCIÓN 14.

MEDALLA MILITAR "BATALLA DE AYACUCHO".

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.14.1. ORIGEN. Creada mediante Disposición número 0019 del 17 de octubre de 1979 del Comando del Ejército y aprobada por Resolución número 2276 de 1979 del Ministerio de Defensa y reglamentada mediante Decreto 1880 de 1988, ostenta una sola categoría.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 112)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.14.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya es una cruz teutónica de color plata, con eje de cincuenta (50) milímetros. En la parte superior lleva una corona de laurel y en el centro del anverso la efigie de la carga de Ayacucho. Al reverso y al centro lleva grabada la leyenda: "Infantería Colombiana - Medalla Ayacucho". La joya va suspendida por una cinta de cuarenta (40) milímetros de ancho y cuarenta (40) milímetros de largo. La cinta se divide en franjas verticales dobles con los colores en el siguiente orden, de afuera hacia el centro, rojo, verde, amarillo, azul y blanco, siendo el rojo de los extremos de ocho (8) milímetros de ancho y que son los colores correspondientes a las banderas nacionales de Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, donde la Infantería colombiana se coronó de gloria.

La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 113)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.14.3. CONSEJO. El Consejo de la Medalla Militar "Batalla de Ayacucho", estará conformado de la siguiente manera:

Presidente: Comandante del Ejército o su delegado.

Vicepresidente: Oficial del arma más antiguo presente en la Guarnición de Bogotá.

Vocal: Comandante o Director de la Escuela del Arma respectiva.

Secretario: Ayudante del comando o dirección de la Escuela del Arma respectiva

(Decreto 4444 de 2010 artículo 90)

SUBSECCIÓN 15.

MEDALLA MILITAR "SAN JORGE".

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.15.1. ORIGEN. La Medalla "San Jorge" categoría única, creada mediante Disposición número 003 del 31 de marzo de 1955 del Comando del Ejército y reglamentada mediante Decreto 1880 de 1988, como estímulo al espíritu de arma y premio al esfuerzo de quienes al servicio de la Escuela de Caballería y unidades del arma, se han distinguido en el cumplimiento de sus deberes.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 114)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.15.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya es una medalla circular con un diámetro de cuarenta (40) milímetros, recubierta de oro, en el anverso lleva grabado el Escudo de la Caballería Colombiana, con la siguiente inscripción: "Por Mi Dios, Por Mi Patria, Por Mi Arma". Al reverso lleva grabada la efigie de San Jorge. Va suspendida por una cinta de cuarenta (40) milímetros de ancho y cincuenta y cinco (55) milímetros de longitud, con cuatro (4) franjas verticales de diez (10) milímetros de ancho, de colores amarillo y negro, que se alternan iniciando con la de color amarillo.

La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 115)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.15.3. CONSEJO. El Consejo de la Medalla Militar "San Jorge", estará conformado de la siguiente manera:

Presidente: Comandante del Ejército o su delegado.

Vicepresidente: Oficial del arma más antiguo presente en la Guarnición de Bogotá.

Vocal: Comandante o Director de la Escuela del Arma respectiva.

Secretario: Ayudante del comando o dirección de la Escuela del Arma respectiva

(Decreto 4444 de 2010 artículo 90)

SUBSECCIÓN 16.

MEDALLA MILITAR "SANTA BÁRBARA".

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.16.1. ORIGEN. La Medalla "Santa Barbará" categoría única, creada en la Escuela de Artillería mediante la Orden del Día número 096 para el 10 de septiembre de 1963 y aprobada por el Comando del Ejército con Oficio número 41991-CE-E1-184 de octubre de 1963, y reglamentada por el Decreto 1880 de 1988, para acrecentar el espíritu de cuerpo, compañerismo y estimular a quienes hayan prestado eminentes servicios al Arma de Artillería, a juicio del Consejo de la Medalla.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 116)

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ARTÍCULO 2.3.1.3.6.16.2. CARACTERÍSTICAS. La Joya es una medalla circular dorada, de cuarenta (40) milímetros de diámetro; lleva en el anverso la efigie de Santa Bárbara, en alto relieve y la inscripción: "Santa Bárbara, Patrona de los Artilleros, Ruega por Nosotros", alrededor de un borde de dos (2) milímetros de ancho. Al reverso lleva una figura de un cañón Skoda de setenta y cinco (75) milímetros modelo 1928 en alto relieve y la leyenda: "Medalla Santa Bárbara Deber antes que vida". Va suspendida de una argolla dorada por medio de una cinta de cuarenta (40) milímetros de ancho y cincuenta y cinco (55) milímetros de longitud, de tres (3) franjas verticales con los colores negro, rojo y blanco, de izquierda a derecha y en cuyo centro lleva dos cañones cruzados por una granada de setenta y cinco (75) milímetros en metal dorado. Las fajas laterales son de quince (15) milímetros de ancho y la roja del centro de diez (10) milímetros.

La venera y la miniatura serán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente Capítulo.

(Decreto 4444 de 2010 artículo 117)

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de julio de 2019

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