Colombia planteó en La Haya la no competencia de la Corte Internacional de Justicia en la demanda de Nicaragua contra Colombia por el supuesto incumplimiento del fallo del 2012

La Ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela Holguín, estuvo acompañando al equipo de Colombia, liderado por el agente Carlos Gustavo Arrieta y el co-agente, Manuel José Cepeda, quienes son los encargados de presentar los argumentos de carácter político; mientras los abogados, presentan las posturas de carácter legal. Foto: UN Photo/ICJ-CIJ/Frank van Beek. Courtesy of the ICJ.

 

La Haya (Países Bajos), (sep. 28/15). El equipo de defensa de Colombia en los casos interpuestos por Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia tomó la palabra hoy en el primer día de audiencias preliminares para plantear ante los jueces, que este tribunal carece de competencia para conocer la demanda nicaragüense por el supuesto incumplimiento del fallo del 2012. En la audiencia estuvo presente la Canciller María Ángela Holguín.

Mediante las intervenciones de su agente, Carlos Gustavo Arrieta y su grupo de abogados asesores, Colombia dejó clara su posición mediante la exposición de los siguientes puntos:

1.       El agente Arrieta inició las audiencias con una exposición completa de los argumentos colombianos, los cuales ya habían sido presentados de manera escrita en diciembre de 2014. Planteó la no competencia de la Corte por diferentes razones fundadas en el derecho internacional; cuestionó la posición nicaragüense de hacerse pasar como víctima y su actitud hipócrita al tratar de fabricar una controversia inexistente. Insistió en que Colombia había aceptado el fallo de la Corte Internacional de Justicia y que la Corte Constitucional había ordenado su incorporación al derecho colombiano por medio de un tratado. Reiteró que Colombia estaba dispuesta a buscar una solución diplomática. También habló del Archipiélago, la comunidad Raizal y la Reserva Seaflower. El agente dio la palabra a los abogados quienes uno a uno fueron desarrollando los puntos con los que se demuestra la no jurisdicción de la Corte para estudiar la demanda nicaragüense.

2.       El siguiente en intervenir fue Sir Michael Wood quien indicó que gracias a la denuncia de Colombia del Pacto de Bogotá, con efecto inmediato, el 27 de noviembre de 2012, Nicaragua no podía traer una nueva demanda ante la Corte. Precisó que luego de la denuncia colombiana del Pacto de Bogotá, la Corte carece de jurisdicción sobre los procesos iniciados con posterioridad a esa fecha.

3.       A continuación, el abogado Rodman Bundy explicó los hechos del caso, enfatizando en que, de acuerdo con las declaraciones de las autoridades nicaragüenses hasta la fecha de la presentación de la demanda por ese país, la situación en el Caribe era normal y pacífica, y no se había recibido ninguna protesta por parte de Nicaragua. Adicionalmente, reiteró que los presidentes de los dos países y otros altos funcionarios, habían manifestado la voluntad recíproca de encontrar soluciones diplomáticas.

4.       Posteriormente, el abogado Michael Reisman desarrolló la tesis de que al momento de presentarse la demanda no existía ni formal ni realmente una disputa entre Colombia y Nicaragua, ya que la situación en el Caribe era de cordialidad y de cooperación entre las armadas, tal y como lo evidencian las declaraciones del presidente nicaragüense y de los altos mandos militares de ese país. Al no haber existido una controversia, no hay motivo para que la Corte deba pronunciarse.

5.       El jurista colombiano Eduardo Valencia-Ospina, ex secretario de la Corte Internacional de Justicia, explicó que Nicaragua no podía traer una demanda porque tanto ese país como Colombia, a través de las declaraciones de sus presidentes y altos funcionarios, opinaban que los medios diplomáticos eran el camino a seguir para manejar todos los asuntos en el Mar Caribe luego del fallo del 2012. Sostuvo que el derecho internacional requiere que antes de que se presente una demanda, se hayan agotado todos los esfuerzos diplomáticos y se hayan adelantado intentos de negociación.

6.     Finalmente, Colombia cerró su exposición con el jurista italiano, Tullio Treves, quien explicó que la Corte no tiene como una de sus competencias monitorear el cumplimiento de sus fallos, razón por la cual la solicitud nicaragüense no procede.

El primer día de las audiencias preliminares en La Haya concluyó con la total exposición de motivos que demuestran que la Corte no es competente. El agente Arrieta indico que ante lo expuesto las pretensiones de Nicaragua son artificiales y cínicas.

Mañana en el segundo día de las audiencias, Nicaragua tendrá el turno para presentar sus argumentos frente a los planteamientos hechos hoy por Colombia.

 

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